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Foto del escritorJuan Arango

6 temas claves en normatividad logística.

Compartimos importante información normativa recopilada por el equipo jurídico de

Roldán Trade Legal & Compliance, que tiene como propósito mantener actualizados a nuestros clientes en los temas legales que influyen en nuestras soluciones totales en #logística.


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Te asesoramos en todos los procesos derivados del comercio exterior, operación logística y aduanas.


TEMAS:


1.Trato arancelario preferencial, decisión No. 111 de la comisión administradora del tratado de Libre comercio entre Los Estados Unidos Mexicanos y la República De Colombia.


2.Liquidación Infracción Cambiaria.


3.Presentación electrónica de la declaración Andina del valor.


4.Para restringir la emisión de sustancias contaminantes Colombia prohíbe la importación de ciertos bienes.


5.Subpartidas serán beneficiadas con la exclusión temporal de la base gravable del valor en Aduanas de los gastos de transporte y conexos.


6.Cambios regulación productos mercurio añadido.


 


1.Decisión No. 111 de la comisión administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia.


Otorgar por el período del 17 de junio de 2022 al 16 de junio de 2024, una dispensa temporal en la modalidad de nuevos productos de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 2 y 4 del Artículo 6-24 del Tratado, mediante la cual los Estados Unidos Mexicanos aplicarán el arancel de importación correspondiente a los bienes originarios previstos en su calendario de desgravación.


Algunas subpartidas contenidas en los capítulos 60, 61 y 62 del arancel de aduanas elaborados totalmente en la República de Colombia utilizando los materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio.


Consulta el documento



 


2.Liquidación cambiaria.


La liquidación de la multa por extemporaneidad en el cumplimiento del plazo legal no se efectúa por cada declaración de importación o de exportación, cuyos datos debieron ser suministrados al intermediario del mercado cambiario de manera oportuna.


Por lo tanto, la sanción de multa equivalente a veinticinco (25) UVT del numeral 17 del

artículo 3 del Decreto Ley 2245 de 2011, se deberá liquidar así:


Por cada declaración de cambio respecto de la cual se haya vencido el término legal para informar al Intermediario del Mercado Cambiario (IMC) los datos del (los) documento(s) aduanero(s) o el (los) que haga(n) sus veces, y el (los) valor(es) pagado(s) a la mercancía amparada en dicho(s) documento(s), según lo previsto por el inciso segundo del parágrafo 10 del artículo 1º de la Resolución No. 4083 de 1999, modificado por el artículo 1 de la Resolución No. 069 de 2019 de la DIAN.


El monto de la sanción a proponer e imponer se liquidará por mes o fracción de mes de retardo en el cumplimiento del referido plazo legal, sin que el total sancionatorio por cada declaración de cambio pueda exceder del equivalente a cien (100) unidades de valor tributario – UVT vigentes en el día de vencimiento del plazo legal, de acuerdo con la regla establecida por el Parágrafo 3º del artículo 3º del Decreto Ley 2245 de 2011.


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3. Presentación electrónica de La declaración Andina del Valor.


Conforme el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 de la Organización Mundial del Comercio “Acuerdo Sobre Valoración de la OMC”; y que, para una correcta aplicación del Acuerdo Sobre Valoración de la OMC se modifica la Disposición Transitoria Única de la Resolución No.1952 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, dejando como fecha límite para que se implemente la presentación electrónica de la Declaración Andina del Valor, aprobada mediante esta Resolución, será el 30 de junio de 2024.


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4.Para restringir la emisión de sustancias contaminantes Colombia prohíbe la importación de ciertos bienes.


Para restringir la emisión de sustancias contaminantes Colombia prohíbe la importación de bienes, equipos o artefactos que usen sustancias sujetas a controles del protocolo de Montreal: Los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Comercio, Industria y Turismo prohibieron la fabricación y la importación de equipos y productos que contengan y/o requieran para su operación o funcionamiento, las sustancias controladas en sus Anexos A, B, C, E y F del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono, con la finalidad de proteger la salud y el ambiente.


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5.Subpartidas serán beneficiadas con la exclusión temporal de la base gravable del valor en Aduanas de los gastos de transporte y conexos.


20 nuevas subpartidas serán beneficiadas con la exclusión temporal de la base gravable del valor en aduanas de los gastos de transporte y conexos: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo excluyó temporalmente de la base gravable para la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas, el 100% los gastos del transporte, así como los gastos conexos, desde el lugar de entrega de las mercancías en el exterior hasta el lugar de importación.


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6.Cambios regulación productos mercurio añadido.


Conforme el decreto 1433 del 29 de julio de 2022 , se modifica el articulo 2 del decreto 419 de 2021 y se indica al respecto que El Decreto aplica a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de fabricación, importación o exportación, hacia o desde y dentro del territorio nacional, de acuerdo con los productos con mercurio añadido clasificados en las subpartidas arancelarias que se enuncian en el decreto.


Para la importación de los productos de que trata el documento, se deberá presentar ante la autoridad aduanera, declaración emitida por parte del Representante Legal, el proveedor o el apoderado del importador, donde se indique que los productos objeto de importación están libres de mercurio añadido o que los productos cumplen con los supuestos de excepción contemplados en las notas marginales del decreto.


En el caso que no aplique lo dispuesto anteriormente el importador de los productos de qué trata este artículo, podrá presentar ante la autoridad aduanera, la factura o el documento equivalente o la constancia por parte del proveedor. También será válido como certificación el convenio de Minamata.


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Roldán Trade legal & Compliance el equipo jurídico de Roldán Logistics.


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